El gobierno nacional reglamentó la ley que establece que todos los organismos del Estado deben ocupar en una proporción no inferior al 1 por ciento de su planta de personal a personas travestis, transexuales y transgénero.
La medida que se enmarca en las políticas de igualdad y ampliación de derechos y oportunidades del Frente de Todos está vigente en la ley 27.636 de Promoción al Empleo para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero, que fue sancionada el 24 de junio pasado y promulgada al mes siguiente por el Poder Ejecutivo.
La norma rige para los tres poderes del Estado, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado, en todas sus modalidades de contratación regular vigentes.
El texto de la ley indica que se brindará a los organismos "materiales de capacitación y lineamientos generales sobre sensibilización y capacitación con perspectiva de género y diversidad sexual que tengan como fin la efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los ámbitos laborales".
La legislación indica también que se dará "prioridad en las contrataciones del Estado" a aquellas empresas que "en su planta laboral posea a personas travestis, transexuales y transgénero".
La norma publicada esta mañana en el Boletín Oficial lleva las firmas del Presidente; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y de la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.
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