Elecciones en Salta

Multarán a quienes no asistan a votar

El voto en Argentina es obligatorio, por ese motivo quienes no asisten a las urnas deben enfrentar una multa o justificar su ausencia.

Multarán a quienes no asistan a votar

La Constitución Nacional establece en su artículo 37 que “el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio”. A su vez, la Ley Electoral 19945 dictamina que el voto es voluntario para los jóvenes de 16 y 17 años y para mayores de 70, por lo tanto, es obligatorio para todos aquellos que tienen entre 18 y 70 años.

Quienes no participen de las elecciones deben justificar su inasistencia ante la Justicia Electoral Provincial o abonar una multa que varía entre los $50 y $500.  Para evitar el pago, es necesario justificar el no voto de acuerdo a las siguientes categorías:

  • El elector no aparece en el padrón electoral: en este caso, la persona debe hacer el reclamo ante la Justicia Electoral a fin de ser incluido en el padrón para las próximas elecciones.
  • Pérdida del DNI: para respaldar este hecho, es necesario acudir a la Policía para realizar la denuncia correspondiente y con ese certificado, dirigirse a la Secretaría Electoral que corresponda según domicilio a justificar la imposibilidad de votar.
  • Enfermedad: en este caso, el ciudadano deberá respaldar su falta con un certificado médico que lo avale. Según la Cámara Nacional Electoral, "deben priorizarse médicos del sistema público (nacional, provincial o municipal)", pero en caso de que no se pueda contar con este tipo de aval médico, se puede presentar alguna certificación un médico particular. Asimismo, el certificado médico en la Secretaría Electoral.
  • Estar a más de 100 km del lugar de votación: quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación que le corresponda debe acercarse el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la cual extenderá una certificación escrita que acredite la comparecencia. Esa constancia debe presentarse ante la Justicia Electoral en los 60 días corridos desde el día de la elección.
  • Argentinos que no se encuentren en el país: las y los ciudadanos argentinos que no se encuentren en el país deben justificar su inasistencia a las urnas ante el Consulado Argentino más próximo, a fin de que se extienda el certificado correspondiente.

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